Auto regularización de obligaciones fiscales
Las empresas y personas físicas con actividad empresarial que realizan actividades sensibles contenidas en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, como la Práctica de Juegos con apuesta, concursos, sorteos, la emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas de servicios, de crédito, de tarjetas prepagadas y de todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario, que no sean emitidas o comercializadas por entidades financieras, la prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes entre otras, debrán conocer el Programas de auto regularización de obligaciones fiscales, así como conocer las obligaciones fiscales a que están sujetas, a efecto de evitar la imposición de multas por el Servicio de Administración Tributaria.
No obstante, el Servicio de Administración Tributaria el pasado 16 de abril de 2019, publicó en el Diario Oficial de la Federación a través de las Disposiciones de Carácter General los “Programas de Auto Regularización en Materia de Lavado de Dinero”, entrando en vigor el día 21 de junio de 2019, en las cuales prevé regularizar las obligaciones omitidas así como poder condonar las multas impuestas en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, ambos cosas por los periodos comprendidos del 01 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.
Para poder acceder a los “Programas de Auto Regularización en Materia de Lavado de Dinero”, deberás cumplir con diversos requisitos, si deseas regularizarte por obligaciones omitidas es imprescindible a) estar al corriente de las obligaciones fiscales del ejercicio 2019, b) así como la manifestación bajo protesta de decir verdad, que es voluntad de la empresa subsanar las irregularidades en que ha incurrido, C) presentar la Solicitud ante el Servicio de Administración Tributaria, D) descripción de las irregularidades cometidas, así como las medidas que se tomarán para subsanar el incumplimiento, e) que no se encuentra dentro de los supuestos de improcedencia.
Para contar con el derecho a la condonación de multas, se deberán corregir las irregularidades e incumplimientos en materia fiscal, y presentar por escrito la solicitud de condonación ante la autoridad tributaria correspondiente, en los veinte días hábiles a partir de la fecha en que se concluyó el programa de auto regularización, una vez presentada la solicitud la autoridad se pronunciará sobre la procedencia de la condonación en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la presentación de la solicitud y se le dará a conocer al contribuyente en un plazo no mayor a treinta días hábiles.
Por lo anterior resulta importante para las empresas y las personas físicas que realicen las actividades anteriormente señaladas, contar con una asesoría adecuada en la materia, toda vez que la aplicación correcta de este mecanismo conlleva a la protección del capital de la empresa
En caso contrario, con una mala asesoría las empresas se verán afectadas de manera directa en su economía, impidiendo el desarrollo y crecimiento de su negocio.
En Bandala | Díaz | García le brindamos la mejor asesoría legal en materia fiscal, a efecto de proteger sus derechos y su patrimonio en temas de Programas de auto regularización de obligaciones fiscales y otros.
AVISO DE LEGALIDAD
La presente información tiene como principal objetivo orientar al público en general. No sustituye lo dispuesto en la legislación aplicable. Tampoco reemplaza la consultoría o asesoría legal especializada que pueda ofrecer alguno de los abogados y/o contadores de Bandala | Díaz | García