Hoy en día la titularidad de una marca registrada puede otorgar ventajas sumamente competitivas a su poseedor en relación a otras personas que comercializan productos o servicios similares al de la M.R., las cuales se encuentren en trámite de registro o que han sido negadas.
Tener una marca registrada se traduce en un valor adicional al patrimonio de una persona Física o Moral, pues representa un activo intangible susceptible de enajenar o transmitir en el momento que su dueño lo deseé.
La titularidad de un registro de marca, además de proveerle al dueño de esta un derecho oponible a terceros y la exclusividad de la misma, le dota de la facultad de poder transmitir los derechos de explotación y comercialización sobre su marca a quien él decida. Para ello, la Ley de la Propiedad Industrial, prevé la posibilidad de transmitir a terceros el registro de una marca, aviso comercial o nombre comercial.
Dicha transmisión se da a través de un acuerdo de voluntades por medio del cual el titular del derecho exclusivo sobre una marca registrada, aviso comercial, etc., transfiere dicha titularidad a favor de otra persona. Esta persona adquiere la titularidad de ese derecho exclusivo. Así, los derechos subjetivos de la marca registrada abandonan el patrimonio del titular primigenio persona para pasar a ser parte definitiva del patrimonio del adquirente, en palabras más sencillas, hay un cambio de dueño de la marca.
La operación se celebra a través de un contrato de cesión de derechos, el cual que puede ser oneroso, es decir, que haya una cantidad de dinero de por medio, o bien, de forma gratuita, sin que medie recurso monetario alguno.
Una vez que el titular de la marca ha decidido transmitir los derechos patrimoniales en relación a esta, por medio del instrumento referido en el párrafo anterior, es necesario que ésta acción sea inscrita ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, lo anterior con la finalidad primordial de que la transmisión o cesión produzca efectos en perjuicio de terceros, a favor del nuevo titular. Así mismo, dicha inscripción ante la autoridad en la materia, representa la forma por medio de la cual, el público tiene conocimiento de que la marca registrada ha cambiado de dueño, situación que le otorga al público consumidor la certeza, de con quién tratar temas relacionados a la marca en cuestión.
Bandala & Asociados es una Firma cuyos Abogados son especialistas en materia de Propiedad Industrial, si Usted o su empresa tiene una marca sobre la cual se pretende ceder o transmitir los derechos a otra persona física y/o moral, acérquese a nosotros, con gusto le asesoraremos en el camino para la consecución de dicha transmisión.
LD Jorge Rodrigo Manjarrez Romero.