Cuotas compensatorias definitivas a fregaderos de acero inoxidable.
Cuotas compensatorias definitivas a fregaderos de acero inoxidable. La Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación, dio a conocer la resolución por la que se declara el inicio de procedimiento administrativo del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de fregaderos de acero inoxidable originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
En la publicación se refiere que las empresas Cocinas Modulares, S.A. de C.V., E.B. Técnica Mexicana, S.A. de C.V. y Teka Mexicana, S.A. de C.V., manifestaron su interés en que se inicie el examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de fregaderos de acero inoxidable originarias de China, manifestaciones que fueron aceptadas por la Secretaria de Economía.
El objeto de examen son los FREGADEROS DE ACERO INOXIDABLE que también pueden identificarse como tarjas, lavatrastos, piletas, lavabos o lavamanos, todos ellos de acero inoxidable.
El producto objeto de examen se fabrica de acero resistente a la corrosión (inoxidable) de diferentes espesores aunque en general se caracteriza por constar de una o más tinas o cubetas en forma rectangular, cuadrada, ovalada o circular. Puede contar o no con escurridero y con orificios para la instalación de dispositivos de drenaje y llaves de agua con dimensiones estándar.
El uso del producto comentado suele ser de uso doméstico o residencial, aunque también es empleado en restaurantes e ingresa al mercado nacional a través de la fracción arancelaria 7324.10.01.
El período de examen irá del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 y como período de análisis el comprendido del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2019.
En la resolución comentada se brinda la oportunidad para que aquellas personas físicas o morales con interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, lo manifiesten dentro de un plazo de 28 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial. Si tu empresa importa el producto objeto del examen para cuotas compensatorias, en Bandala | Díaz | García contamos con el personal especializado que puede ayudarte a determinar la conveniencia de presentar argumentos y pruebas dentro de este proceso.
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