Defraudación fiscal
Desde la reciente reforma fiscal y con el deber de cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma, los contribuyentes han optado por buscar salidas alternas para poder cumplir con dichas obligaciones, pero tratando de evadir la recarga en sus ingresos. Sin embargo, se deben conocer todas las implicaciones y las violaciones fiscales en las cuales se está incurriendo, ya que pueden incurrir en el delito de defraudación fiscal.
Es así que con la compra de facturas, en realidad lo que se está haciendo es una simulación de una o varias operaciones que nunca ocurrieron realmente, por lo que la práctica de este tipo de operaciones derivará invariablemente en la comisión del delito de defraudación fiscal.
Esta oferta de compra y venta de facturas ha ido surgiendo en los últimos tiempos como una práctica muy común entre los usuarios de la web, principalmente como medio de difusión, pero lo peor de todo esto es que los vendedores alegan en sus anuncios que son 100% legales.
Por otra parte se debe tener en cuenta que la legislación aplicable para tales efectos contempla, para ser precisos en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, que: comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.
El delito de defraudación fiscal se sanciona con las penas siguientes:
I.Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,734,280.00.
II. Con prisión de dos años acinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,734,280.00 pero no de $2,601,410.00.
III. Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $2,601,410.00.
En tal supuesto se entiende que la celebración de la operación ficticia, que lleva a la expedición de las facturas, para declarar gastos y deducir impuestos, cuyo último fin es el de no pagar contribuciones a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El contribuyente que venda o compre facturas será sancionado siempre con penas de prisión, que van desde los tres meses hasta los seis años.
Este tipo de “estrategia fiscal” se vende públicamente en Internet, entre otros medios, y está considerado un delito fiscal. Quienes ofrecen este tipo de servicios, son organizaciones que cometen delitos en contra de la federación y repercuten en el gasto público.
En tal virtud, esta Consultora hace el más atento de los llamados para que los contribuyentes no caigan en la trampa de estas redes criminales y sean víctimas de sus engaños, pues las consecuencias de dichos actos son nefastas.
AVISO DE LEGALIDAD
La presente información tiene como principal objetivo orientar al público en general. No sustituye lo dispuesto en la legislación aplicable. Tampoco reemplaza la consultoría o asesoría legal especializada que pueda ofrecer alguno de los abogados y/o contadores de Bandala | Díaz | García