De acuerdo a lo contemplado en el numeral 156 de la Ley de Propiedad Industrial se entiende como denominación de origen el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendido en éste los factores naturales y los humanos.
Es decir, las denominaciones de origen requieren la existencia de un vínculo cualitativo entre el producto al que se refieren y su lugar de origen, ya que informan a los consumidores sobre el origen geográfico de un producto, calidad, característica del producto, mismo que se encuentran totalmente vinculando su lugar de origen.
La calidad o las características de un producto protegido como denominación de origen deben ser exclusiva y esencialmente consecuencia de su origen geográfico. En general, esto significa que las materias primas deben proceder del lugar de origen y que el producto debe ser procesado en dicho lugar.
En cuestión de denominaciones de origen, las dependencias tanto nacionales como internacionales conocedoras del tema, siguen fortaleciendo la legislación aplicable con el fin de contar con la mayor protección de los derechos correspondientes a quien demuestre interés jurídico.
En consecuencia y con el objetivo de ajustar el Sistema Internacional de Registro que ofrece protección internacional a las denominaciones que permiten identificar el origen geográfico de productos como el tequila, mezcal, talavera, vainilla y mango ataúlfo (en el caso de México), los negociadores expertos en la materia se reúnen frecuentemente con el fin de garantizar la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional ante el propio Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) en conjunto con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
A partir de dichas reuniones se busca principalmente perfeccionar el marco jurídico y así ampliar su alcance para incluir las indicaciones geográficas las cuales se diferencian con las denominaciones de origen por el vínculo con el lugar de origen, siendo más estrecho en el caso de la denominación de origen.
En caso de pretender obtener la declaración de protección de una denominación de origen, puedes acercarte a nosotros, en Bandala & Asociados contamos con años de experiencia en dicha materia.
Lic. Juan Esteban Pérez Reyes.