Distinción entre autor e intermediario.
Generalmente no hay distinción entre los costos que se generan por parte del autor y del intermediario (editor, productor, distribuidor). Sin realizar esta distinción, se concluye que los efectos económicos de los derechos de autor son crear un flujo de ingresos para artistas y así estimularlos a realizar nuevas creaciones, y dadas determinadas estructuras de costos, esto efectivamente se logra.
No obstante lo anterior, se dan casos en los que los derechos de autor crean un escenario en el cual los agentes más beneficiados son las empresas discográficas, los editores, los intermediarios de la música, siendo ellos quienes más se aprovechan de las situaciones no reguladas y/o especificadas para obtener una ganancia mayor a la que debería de corresponderles.
En este orden de ideas el sistema de los derechos de autor frente al surgimiento del internet y las nuevas tecnologías de la información es ceremonial, ya que deja de prever al menos en sistemas jurídicos como el mexicano los canales por los cuales las obras se distribuyen y se comparten.
En el pasado, los derechos de autor generaban ingresos para cubrir los costos de los productores y discográficas para seleccionar y distribuir la música. Estos costos han caído tan drásticamente que ya no justifican la existencia de esos intermediarios.
Producir, reproducir y distribuir música se hizo más barato posibilitando el ingreso en el mercado de sellos independientes. Las organizaciones que median entre productores y consumidores necesitan adaptarse a esos cambios. Por virtud de estos cambios, los derechos de autor han beneficiado a intermediarios no creativos en vez de a los creadores, músicos y demás autores.
Organizaciones americanas han hecho estudios que revelan que el mercado emergente no estará libre de organizaciones que filtren y califiquen la información para consumidores; es más, estos mercados o plataformas emergentes no sustituirán a los mercados tradicionales sino que interactuarán con el existente, fortificándose mutuamente.
Los beneficios de los autores y de la comunidad al disfrutar sus obras parece difícilmente alcanzable con un medio que no está preparado para contener el torrente constante de innovaciones tecnológicas que facilitan la elusión masiva de las medidas de protección de los derechos de autor.
Vale recordar que un desequilibrio creado por un sistema de derechos de autor demasiado estricto crea un aumento de los costos, que hace injustificable el cumplimiento de los beneficios de los autores y de la comunidad que disfruta de sus obras. ¿Es entonces eficiente plantear la defensa de los derechos de autor desde el punto de vista de los remedios tradicionales?
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