DPIVA «declaración de proveedores IVA»
1. ¿Qué es DPIVA ?
DPIVA “declaración de proveedores IVA” es una alternativa de presentación a través de proveedores de recepción de documentos digitales, donde se podrá presentar la información del IVA retenido y las operaciones realizadas con terceros previstas en el Art. 32 Fracción V y VIII de la LIVA
Esta declaración no es nueva, pues surgió desde la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, en su artículo 3° transitorio donde indica que los contribuyentes “PODRÁN” presentarla en sustitución de la DIOT. La cual consiste en un archivo digital en formato .XML el cual se enviará validada por PROVEEDOR AUTORIZADO.
2. ¿En que me beneficia utilizar la opción de presentar la DPIVA?
Es importante mencionar que la información reportada en la DIOT y la DPIVA es exactamente la misma, ya que solo es una alternativa simplificada de la presentación de la DIOT.
Estos son los beneficios:
1. Se cuenta con una alternativa para el cumplimiento de la obligación fiscal en el envío de documentos digitales
2. Reducción de errores de captura en procesos manuales teniendo la seguridad de que la información que revisaste es la misma que se enviara al SAT
3. Ahorro de tiempo en la generación , envío y recepción de acuses (anteriormente se utilizaba la DEM IVA generando una CARGABATCH, envío de archivo y después acuse)
4. Disminución de papeles de trabajo generados para el envío de la declaración }
5. Además de utilizarla como herramienta de recepción de documentos digitales en trámites como:
• Devoluciones de saldos a favor de IVA.
• Compensación de saldos a favor de IVA.
• Devolución de saldos a favor de IVA generado por proyectos de inversión.
3. ¿Qué necesito para enviar mi declaración DPIVA?
- • Buscar un PCRDD (PROVEEDOR DE CERTIFICACIÓN Y RECEPCION DE DOCUMENTOS DIGITALES)
- • Relacionar los XML en las pólizas de las operaciones realizadas con los proveedores
- • Sellar las declaraciones por medio de una CSD, puede ser el mismo que se utiliza para la facturación, el de la nómina o solicitar uno nuevo
- • En caso de que no se cuente con alguna sistema contable para generar el DPIVA, generalmente el SAT siempre lanza una aplicación gratuita para el cumplimiento de la misma, que hasta el momento no ha salido
- • En el caso de proveedor Global deberá de seguir con el tope de no rebasar el 10% del total con el RFC genérico al igual que las operaciones en el extranjero especificando el ID.
4. ¿Dónde puedo localizar las especificaciones técnicas de la DPIVA?
El contribuyente que opte por emitir documentos digitales deberá generarlos bajo el siguiente estándar XSD base y los XSD complementarios que requiera, validando su forma y sintaxis en un archivo con extensión XML, estas especificaciones y reglas de generación del .XML podemos localizarlas en el Anexo 21.
5. ¿Cuáles son las fechas de presentación?
Esta obligación se enviará de manera mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente al pago definitivo de dicho impuesto o podemos aplicar la opción que nos otorga el Servicio de Administración Tributaria de presentarla durante el mes inmediato posterior a la información.
Bandala y Asociados es una Firma experta en Materia Contable-Financiera.