El delito de piratería
En esta ocasión hablaremos sobre el tema del delito de piratería, la cual podemos definir como la reproducción y distribución de copias de obras que se encuentran protegidas por la propiedad industrial y derechos de autor para lucrar con éstas.
Artículo 223.- Son delitos:
III. Producir, almacenar, transportar, introducir al país, distribuir o vender, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley, así como aportar o proveer de cualquier forma, a sabiendas, materias primas o insumos destinados a la producción de objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley;
Lamentablemente para la industria, la piratería se ha convertido en un dolor de cabeza y podemos verlo como un problema social que se da muy frecuentemente en nuestro país, ya que para los consumidores es más fácil comprar un producto apócrifo que uno original, simplemente porque este resulta ser mucho más barato que uno original.
Es muy importante señalar a nuestra audiencia que este delito es severamente castigado con penas privativas de libertad que van de los 3 a los 10 años de prisión y multa de 2,000 a 20,000 días de salario mínimo y por concepto de reparación del daño una cantidad no inferior al 40% del precio de venta al público.
Las autoridades en nuestro país (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y la Procuraduría General de la República) trabajan conjuntamente para combatir el delito de la piratería, haciendo operativos aleatorios y sorpresa en distintas partes del país. Sobre todo, en las aduanas mexicanas.
Finalmente, y como dato estadístico, los principales puertos que permiten la entrada de mercancía pirata, son: Ensenada, Lázaro Cárdenas y Manzanillo.