Aspectos generales del Impuesto Sobre Nómina en el Estado de México.
El impuesto sobre nómina en el Estado de México se conoce como pago al Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal. Las personas sujetas a pagar este tipo de impuesto son personas físicas o morales que paguen remuneraciones en efectivo o en especie, al trabajo del personal dentro del territorio del Estado de México.
Los ciudadanos mexicanos estamos obligados a pagar estos impuestos con base al fundamento del artículo 34 fracción IV de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se especifica:
“Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Fracción reformada DOF 25-10-1993”
La tasa del impuesto sobre nómina es del 3% de las remuneraciones, los principales pagos que causan impuesto para la retención del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal son los siguientes:
- Pagos de sueldos y salarios.
- Pagos de tiempo extraordinario de trabajo.
- Pagos de premios, primas, bonos, estímulos e incentivos.
- Pagos de compensaciones.
- Pagos de gratificaciones y aguinaldos.
- Pagos de participación patronal al fondo de ahorros.
- Pagos de primas de antigüedad.
- Pagos de participación de los trabajadores en las utilidades.
- Pagos de comisiones.
- Pagos realizados a administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos de vigilancia o de administración de sociedades o asociaciones.
- Pagos de servicios de comedor y comida proporcionado a los trabajadores.
- Pagos de vales de despensa.
- Pagos de servicio de transporte.
- Pagos de primas de seguros para gastos médicos o de vida.
- Pagos realizados a las personas por los servicios que presten a un prestatario, siempre que dichos servicios se lleven a cabo en las instalaciones o por cuenta de este último, por los que no se deba pagar el impuesto al valor agregado. (Art. 56 CFEMYSM)
En el momento que la empresa o la persona física tiene operaciones en el Estado de México, esta tiene que registrarse en la secretaria de finanzas de dicha entidad. La Secretaría de Finanzas tiene centros de operaciones en casi todos los municipios, estos son llamados como Centros de Servicios Fiscales.
Debemos de acudir al Centro de Servicios Fiscales más cercano a nuestro municipio. Para poder darnos de alta nos piden cierta documentación, como: poder notarial de la empresa, la constancia de situación fiscal del SAT, la tarjeta patronal del IMSS, copia de la identificación del representante legal, comprobante de domicilio entre otros. Una vez que estemos dados de alta en la Secretaría de Finanzas del Estado de México, esta nos proporcionará un usuario conocido como Registro Estatal de Contribuyentes (REC) y nuestra contraseña.
Es obligación del contribuyente llevar el registro de contable de sus operaciones fiscales, notificar a la secretaria de finanzas cualquier cambio en el domicilio, representante legal, presentar los avisos de cambio de su situación fiscal en los 10 días siguientes a la fecha de modificación, determinar y pagar el impuesto mediante declaración mensual durante los primeros 10 días del mes siguiente en que se haya causado o retenido, en caso de no tener ningún impuesto a cargo, se debe presentar la declaración en ceros. (Art. 21, 57 y 58 fracción VIII CFEMYSM)
En el momento que la empresa deja de tener la operación o en su caso se muda a otra entidad federativa, este debe de aplicar un aviso de baja o suspensión en el registro estatal de contribuyentes, esta tramite se realiza en el Centro de Servicios Fiscales.
La demora o la falta de cumplimiento del pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal o Impuesto Sobre Nómina (ISN), causarán el pago de actualizaciones y recargos a partir del día siguiente al vencimiento del pago. Esta disposición incrementa conforme al paso del tiempo y si, no se tiene el control indicado este puede elevar significativamente el valor de los que se debió haber pagado en tiempo y forma.