Falsificación de Fármacos
La falsificación (en este caso en particular la Falsificación de Fármacos) no es en sí un fenómeno nuevo, y desde que aparece el comercio organizado, se ha tratado de hacer pasar bienes de menor calidad por productos de mayor valor.
En este caso en particular, el problema de la Falsificación de Fármacos radica en que aquellos que se dedican a dicha actividad en general únicamente intentan copiar la apariencia de un fármaco –y no sus efectos. Es por ello que el problema que nos ocupa es multifacético, en virtud que, desde una perspectiva legal conlleva tanto una vertiente penal, de protección de los derechos de autor, y finalmente de salud; asimismo, en los casos en que la muerte es la consecuencia final de la ingesta de un producto falsificado, se podría hasta hablar de una violación del derecho a la vida contemplado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y los instrumentos de defensa de los derechos humanos adoptados con posterioridad.
Vale la pena aclarar que -como lo menciona el catedrático Eric Tardif-, la Organización Mundial de la Salud (OMS) desempeña por obvias razones un papel central en la lucha contra la Falsificación de Fármacos y, por tanto, plantea la siguiente definición: “un medicamento falsificado es un producto etiquetado indebidamente de manera deliberada y fraudulenta en lo que respecta a su identidad y/o fuente. La falsificación puede afectar a productos de marca y genéricos, y los productos pueden incluir ingredientes correctos o incorrectos, sin principios activos, con principios activos insuficientes, o con envases falsificados”.
En este sentido, es importante observar que como nos indica el profesor de la Universidad de Ottawa, Amir Attaran, en su artículo Why and How to Make an International Crime of Medicine Counterfeiting, resulta transcendental el notar la evidente separación entre el significado de la palabra “falsificación” en materia de salud pública (no terapéutico), y el que tiene en materia de propiedad intelectual (violación al derecho).
En virtud de lo anterior, cabe preguntarnos acerca de la eficacia del sistema de patentes que impera en varios países, y que permite a las compañías farmacéuticas vender su producto de 10 a 20 veces más caro que su versión genérica; las empresas parecen, en algunos casos, caer en lo que se antoja como un abuso del sistema, volviendo a solicitar nuevas patentes por el solo hecho de haber modificado levemente la versión anterior del medicamento, incrementando por ejemplo la potencia del mismo, que se acompaña de una recomendación de una ingesta diaria menos frecuente, elevando así los riesgos de que el alto costo de la innovación farmacéutica sea víctima de la piratería y/o falsificación.
Idealmente, el combate a la falsificación de medicamentos debería ser enfocado a la fuente; sin embargo, en un mundo globalizado, resulta de suma complejidad encontrarla. La difusión de la tecnología relacionada con la impresión y el empaquetado ha permitido que hasta pequeños empresarios puedan tener cierta credibilidad a su alcance. Por poner un ejemplo, en América Latina los datos de la OMS apuntan a que hasta un 40% de los medicamentos que circulan en algunas partes de México, Argentina y Colombia son falsos, y provienen principalmente de China y de la India.
Finalmente, como concluye el Doctor Tardif, la respuesta que se antoja más viable es la planteada por los nuevos instrumentos internacionales, aunque es probable que solamente resulten eficaces si se logra paralelamente fortalecer las instituciones de los países donde prospera el negocio de los medicamentos falsificados, y fomentar una cultura del rechazo societal a la piratería, en la inteligencia que parece utópico pretender criminalizar la posesión de medicamentos falsos, más aun si consideramos que resultaría muy complicado demostrar que el consumidor no fue engañado.