Introducción al derecho fiscal estadounidense.
En Estados Unidos país perteneciente a la tradición legal del common law[1], al igual que en México, la Constitución encabeza la jerarquía jurídica fiscal. La llamada Carta Magna no establece directamente por medio de un artículo la obligación expresa de contribuir al gasto público como lo es en nuestro país, ya que en el sistema jurídico estadounidense se concreta esta obligación en el Artículo 1, Sección 8, Cláusula 1 de la Constitución, así como en la enmienda 16, ratificada en febrero de 1913. Ambas disposiciones legales facultan al Congreso para crear leyes por las cuales se requiera el pago de impuestos a los individuos. [2]
Obedeciendo a lo anterior, y siguiendo con el escalafón de fuentes, encontramos en segundo lugar a los tratados en materia fiscal, específicamente a los tratados que evitan la doble imposición – de los cuales ya se habló en entregas anteriores- cuyo propósito es evitar la doble tributación y proveer de reducidas tasas de retención de impuestos en los ingresos no conectados efectivamente con los negocios de Estados Unidos. En este sentido, a menos que un tratado sea suplantado por una ley fiscal, dichos instrumentos internacionales relativos a impuestos toman precedente sobre las leyes fiscales.
En el tercer escalafón de esta jerarquía se ubica el Gran Código Federal que dentro del Título 26, Sección 6012 establece que los individuos cuyos ingresos fluctúan por debajo de determinado nivel no tienen la obligación de presentar declaraciones o bien, pagar impuestos.
El Código de Rentas Internas (Internal Revenue Code) sigue al Gran Código de los Estados Unidos formando el cuarto escalafón de la jerarquía jurídica fiscal. Como resultado, el Congreso elabora las leyes fiscales que forman parte del Código de Rentas o Código Fiscal. En esta línea de ideas, no debe dejar de observarse que el Código de Rentas constituye la principal compilación de leyes sobre recaudación de impuestos, y, como tal, es enmendado cada año.[3]
Para terminar y con el objetivo de ser más esquemáticos en cuanto a las diferencias -por lo que respecta a fuentes de derecho fiscal- es preciso tomar en cuenta la siguiente relación:
SISTEMA JURÍDICO MEXICANO |
SISTEMA JURÍDICO NORTEAMERICANO |
· Constitución Federal; · Tratados; · Ley de Ingresos de la Federación; · Jurisprudencia; · Leyes sustantivas; · Código Fiscal de la Federación y su reglamento; · Reglamentos administrativos; · Resoluciones administrativas (Miscelánea Fiscal); · Derecho común; · Circulares administrativas; · Criterios y oficios; · Resoluciones específicas; · Principios generales del derecho, y · Doctrina. |
· Constitución Federal;
· Tratados; · Gran Código Federal de los Estados Unidos; · Código de Rentas Internas; · Precedentes judiciales; · Regulaciones del Servicio de Ingresos Interiores, y · Reglas de ingreso. |
[1] Resulta necesario aclarar que como fuentes originales de esta familia o tradición jurídica se encuentran, entre otras y dependiendo del sistema jurídico del que se hable de manera particular, el derecho hecho por los jueces (Judge Made Law), la jurisprudencia (Case Law), en el que la autoridad de la resolución deriva de la regla de obligatoriedad del precedente judicial (Stare Decisis). No obstante lo anterior, tenemos que en el caso del sistema jurídico estadounidense ya no es un sistema de derecho consuetudinario tal y como se heredó originariamente del derecho inglés, sino que es un sistema de normas positivas, legisladas, donde cobra un interés especial una fuente del derecho poco destacada por la doctrina (Restatement of the Law).
[2] ARTÍCULO 1, SECCIÓN 8, CLÁUSULA 1: 1. El Congreso tendrá facultad: Para establecer y recaudar contribuciones, impuestos, derechos y consumos; para pagar las deudas y proveer a la defensa común y bienestar general de los Estados Unidos; pero todos los derechos, impuestos y consumos serán uniformes en todos los Estados Unidos.
ENMIENDA XVI (febrero 3, 1913) El Congreso tendrá facultades para establecer y recaudar impuestos sobre los ingresos, sea cual fuere la fuente de que provengan, sin prorratearlos entre los diferentes Estados y sin atender a ningún censo o recuento.
[3] Martha Alicia Gutierrez Alanis. (2002). Estudio comparativo entre el sistema tributario mexicano y el de los Estados Unidos de Norteamérica. octubre 13, 2017, de Universidad Autónoma de Nuevo León.