¿Cómo calcular el ISR de una indemnización?
Retomando la publicación anterior continuemos.
Una vez que tenemos los ingresos por retiro debemos separar la parte exenta de estas, como nos indica artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) Fracc. XII. Indemnización (tres meses y, en su caso, 20 días por año) u otros pagos por separación: 90 veces la UMA por cada año de servicios.
75.49 UMA x 90 días exento = 6,794.10 6,794.10 x 5 años = 33,970.50 De este modo tenemos que lo exento de las indemnizaciones es de $ 33,970.50 Para determinar el ISR de la liquidación lo haremos de acuerdo con el artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Para este caso práctico no tenemos retención de ISR, pero considero importante mencionar el procedimiento en caso de tenerlo. Una vez que hemos determinado la tasa de impuesto debemos tomar los ingresos gravables de la liquidación.
En el supuesto que hayamos tenido ISR por ingresos mensuales debemos aplicar la siguiente operación:
Ejemplo:
En este ejercicio el ingreso gravable al que debemos retener ISR de la liquidación es de: $1,491.07 De este modo debemos aplicar la tabla mensual del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), para obtener el ISR como sigue: