Jurisprudencias al viernes 29 de septiembre de 2017
El día de hoy nos complace compartir con ustedes los rubros correspondientes de las tesis aisladas, así como las jurisprudencias publicadas en el Semanario Judicial de la Federación al viernes 29 de septiembre, sin perjuicio que de requerir el contenido de alguno de ellos, lo solicite.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. LOS ARTÍCULOS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN PREVISTO EN LA LEY FEDERAL RELATIVA Y EN SU REGLAMENTO, NO VULNERAN EL DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. EL ARTÍCULO 132 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO VULNERA EL DERECHO HUMANO A LA SEGURIDAD JURÍDICA.
ASENTAMIENTOS HUMANOS EN ZONAS DE ALTO RIESGO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CONJUNTOS URBANOS HABITACIONALES. ES OBLIGATORIO EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD APLICABLES, INDEPENDIENTEMENTE DEL NIVEL DE GOBIERNO QUE LA EMITA.
VÍA EJECUTIVA. PROCEDE TRATÁNDOSE DE TÍTULOS DE CRÉDITO QUE TRAEN APAREJADA EJECUCIÓN Y NO LA ORAL MERCANTIL.
TERCERO INTERESADO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN III, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. CASO EN EL QUE DEBE ACREDITAR SU INTERÉS JURÍDICO FEHACIENTEMENTE.
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y ORAL. SI DE LA VIDEOGRABACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO NO SE ADVIERTE DEBATE EN RELACIÓN CON LA EXCLUSIÓN DE ALGUNA PRUEBA ILÍCITA PRODUCTO DE UNA DETENCIÓN ILEGAL, NI QUE SE HAYAN TOMADO EN CONSIDERACIÓN PRUEBAS O INFORMACIÓN DERIVADAS DIRECTA O INDIRECTAMENTE DE ÉSTA, NO ES FACTIBLE ABORDAR UN ANÁLISIS EN ESE SENTIDO EN EL AMPARO DIRECTO.
REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO INTERPUESTO POR LOS ORGANISMOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, CUANDO LA SENTENCIA ÚNICAMENTE VERSA SOBRE UN ASPECTO RELATIVO A LA CARGA PROBATORIA DE LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL REGISTRO PARA EL APROVECHAMIENTO EN ZONA DE LIBRE ALUMBRAMIENTO DE AGUAS DEL SUBSUELO Y NO CONLLEVE RESULTADOS DE ÍNDOLE GRAVE, AL NO REUNIR LOS REQUISITOS DE IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA.
REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO CONTRA SENTENCIAS EN LAS QUE NO SE EFECTUÓ UN PRONUNCIAMIENTO DE FONDO RESPECTO DE LA PRESCRIPCIÓN DE LOS CRÉDITOS FISCALES MATERIA DE LITIS EN EL JUICIO DE NULIDAD, EN VIRTUD DE QUE YA SE HABÍA DECLARADO ÉSTA EN SEDE ADMINISTRATIVA Y LA AUTORIDAD SÓLO SE ALLANÓ A LA DEMANDA.
RELACIÓN LABORAL. LA PRESUNCIÓN DE SU EXISTENCIA SE GENERA POR LA EXHIBICIÓN INCOMPLETA DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL DESAHOGO DE LA INSPECCIÓN OFRECIDA PARA DEMOSTRARLA, SIEMPRE Y CUANDO EL DEMANDADO NO HAYA NEGADO SU CALIDAD DE PATRÓN Y SE TRATE DE DOCUMENTOS QUE ESTÉ OBLIGADO A CONSERVAR Y EXHIBIR EN JUICIO.
PRUEBA TESTIMONIAL EN MATERIA LABORAL A CARGO DEL PERSONAL CON FUNCIONES DE SUPERVISIÓN O VIGILANCIA. AL ACTUAR EN FAVOR DE LOS INTERESES DEL PATRÓN, SU DECLARACIÓN SÓLO TIENE VALOR PROBATORIO EN CUANTO LO PERJUDIQUE.
PROCEDIMIENTO LABORAL. ABIERTA DILACIÓN O SU PARALIZACIÓN TOTAL. PECULIARIDADES QUE DEBEN CONSIDERARSE EN CADA CASO PARA VERIFICAR EL INCUMPLIMIENTO DEL TÉRMINO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 838 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DETERMINAR LA CONFIGURACIÓN DE AQUÉLLA.
PRIMA DOMINICAL. FORMA DE SUBSANAR LA FALTA DE PRECISIÓN DEL TRABAJADOR RESPECTO DE LOS DOMINGOS QUE TRABAJÓ EN EL PERIODO QUE RECLAMA, CUANDO AL PATRÓN SE LE TUVO POR CONTESTADA LA DEMANDA EN SENTIDO AFIRMATIVO.
PENSIONES DE VIUDEZ Y ORFANDAD. AL NO EXISTIR RAZÓN LEGAL Y HUMANA PARA ESTABLECER UN TRATO DESIGUAL ENTRE LOS BENEFICIARIOS DE UN TRABAJADOR FALLECIDO, AQUÉLLAS PUEDEN COEXISTIR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
PENSIÓN ALIMENTICIA. PARA SU PROCEDENCIA BASTA LA PRESUNCIÓN NO DESVIRTUADA DE HABER NACIDO DESPUÉS DE LOS CIENTO OCHENTA DÍAS DE LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO, AUN CUANDO EL MENOR SÓLO SE HAYA REGISTRADO CON LOS APELLIDOS DE SU MADRE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO SE REALIZA CON UNA JORNADA LABORAL QUE EXCEDE EL MÁXIMO LEGAL, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE ÉSTA COINCIDA CON LA REFERIDA EN LA DEMANDA Y SEA ACEPTADA POR EL TRABAJADOR.
JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. TRATÁNDOSE DE LOS DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN, BASTA CON QUE SE EXHIBAN ANEXOS A LA DEMANDA PARA QUE SEAN TOMADOS EN CUENTA AL RESOLVER, SIN NECESIDAD DE QUE SE OFREZCAN FORMALMENTE (ALCANCE E INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 1061, FRACCIONES III Y IV, Y 1198 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SU PROMOCIÓN INTERRUMPE EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA FECHA EN QUE SE PROMUEVA Y HASTA EN TANTO SE NOTIFIQUE SU RESOLUCIÓN.
GUARDA Y CUSTODIA DE UN MENOR Y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA. RELEVANCIA DEL DERECHO FUNDAMENTAL A UNA JUSTICIA PRONTA Y EXPEDITA EN LOS JUICIOS FAMILIARES QUE TENGAN POR OBJETO DEFINIR ESOS ASPECTOS, ATENTO AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SONORA).
FRAUDE PROCESAL. SI SE COMETE POR UNA DE LAS PARTES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ANTE UN JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL, Y SE PONE EN PELIGRO EL PATRIMONIO DE LA CONTRAPARTE, LA COMPETENCIA POR RAZÓN DE FUERO PARA SANCIONAR ESTE DELITO, CORRESPONDE A UN JUEZ PENAL LOCAL.
EMPLAZAMIENTO EN EL JUICIO CIVIL. DEBEN ENTREGARSE COPIAS DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS A LA DEMANDA NATURAL, AUN CUANDO EXCEDAN DE CINCUENTA HOJAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
ALIMENTOS. NO ES UN IMPEDIMENTO PARA ABORDAR ESTE TEMA, EL QUE EL JUICIO DE DIVORCIO SE HAYA SUSTANCIADO EN UN ESTADO DE LA REPÚBLICA DISTINTO AL DE LA ENTIDAD DONDE SE TRAMITAN AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
ALIMENTOS EN EL JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. ES IMPROCEDENTE SU CONDENA AL PAGO RETROACTIVO, CUANDO QUIEN RECLAMA ESA PRESTACIÓN FUE REGISTRADO Y RECONOCIDO COMO HIJO POR PERSONAS DISTINTAS A SUS PADRES BIOLÓGICOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
AGUINALDO. PROCEDE SU PAGO, AL EXISTIR CONDENA DE REINSTALACIÓN.
SUSPENSIÓN DEL ACTO IMPUGNADO Y DEL ACTO RECLAMADO. LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, Y LA LEY DE AMPARO PREVÉN, RESPECTIVAMENTE, LOS MISMOS ALCANCES AL CONCEDERLA, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO DEBE AGOTARSE EL DE NULIDAD.
PRIMA VACACIONAL Y AGUINALDO. LA CONDENA A SU PAGO, EN TÉRMINOS DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ESTÁ LIMITADA HASTA POR UN PERIODO MÁXIMO DE 12 MESES.
GRATIFICACIÓN ANUAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 57, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, VIGENTE HASTA EL 31 DE MARZO DE 2007. LOS PENSIONADOS PUEDEN ACUDIR AL JUICIO DE NULIDAD A DEMANDAR SU PAGO ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, SIN QUE PREVIAMENTE DEBAN FORMULAR PETICIÓN AL RESPECTO ANTE EL INSTITUTO MENCIONADO.
DERECHOS POR SERVICIOS PRESTADOS POR EL REGISTRO PÚBLICO RELATIVOS A LA PROPIEDAD Y AL COMERCIO. EFECTOS DEL AMPARO CONCEDIDO POR LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTÍCULOS 79, FRACCIÓN II Y 82, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, VIGENTE EN 2015, DERIVADA DE DIVERSOS CRITERIOS JURISPRUDENCIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
CUOTA PENSIONARIA. EL DOCUMENTO DENOMINADO «CONCESIÓN DE PENSIÓN» CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD, CUANDO SE REFIERA A LA INTEGRACIÓN DE AQUÉLLA.
TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LA DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO DE LOS RECLAMOS REALIZADOS AL ISSSTE, AL FOVISSSTE Y AL PENSIONISSSTE.
REVISIÓN ADHESIVA. LOS AGRAVIOS RELATIVOS NO DEBEN CONSTREÑIRSE A LA PARTE CONSIDERATIVA DEL FALLO RECURRIDO, CUANDO VERSE SOBRE CAUSALES DE IMPROCEDENCIA O SOBRESEIMIENTO.
PÉRDIDAS FISCALES. EL LEGISLADOR ESTÁ FACULTADO PARA ESTABLECER REQUISITOS, MODALIDADES O LIMITANTES AL DERECHO A DISMINUIRLAS DE LA UTILIDAD FISCAL, PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
PÉRDIDAS FISCALES. EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, AL ESTABLECER EL MOMENTO A PARTIR DEL CUAL DEBE COMPUTARSE EL PLAZO PARA DISMINUIRLAS, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
FUERZAS ARMADAS. LAS PRERROGATIVAS OTORGADAS A LOS MILITARES QUE PASEN A SITUACIÓN DE RETIRO SON ÚNICAMENTE PARA ESE FIN Y PARA EL CÁLCULO DEL BENEFICIO ECONÓMICO CORRESPONDIENTE.
ENFERMEDADES NO PROFESIONALES. EL ARTÍCULO 111, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, AL PREVER QUE EL EMPLEADOR SÓLO OTORGARÁ DOS LICENCIAS SUCESIVAS PARA CUBRIR AQUÉLLAS, NO VIOLA EL ARTÍCULO 123, APARTADO B, FRACCIÓN XI, INCISO A), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
SUSPENSIÓN PROVISIONAL. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA EN EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA EL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2017 Y EL ANEXO 24 DE LA CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016.
PENSIÓN POR CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ. LA EXPRESIÓN «CON PENSIÓN IGUAL O MAYOR A UN SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL», CONTENIDA EN EL INCISO B) DEL ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, REFORMADO POR EL DIVERSO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 5 DE ENERO DE 2004, NO ESTABLECE UN LÍMITE MÁXIMO PARA TENER DERECHO AL INCREMENTO CORRESPONDIENTE.
DEMANDA LABORAL. CUANDO EL TRABAJADOR AFIRME EN ÉSTA QUE FUE OBJETO DE UN DESPIDO INJUSTIFICADO, UBICÁNDOLO EN UNA FECHA DETERMINADA, Y ADEMÁS RECLAME EL PAGO DE SALARIOS QUE COMPRENDEN UN PERIODO POSTERIOR AL MOMENTO EN QUE SITÚA DICHO DESPIDO, LA JUNTA DEBE PREVENIRLO PARA QUE LA ACLARE O LA CORRIJA, PUES DE LO CONTRARIO SE ACTUALIZA UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE AMERITA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
AVISO DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. DEBE EXPRESAR LAS CAUSAS DE GRAVEDAD O DE IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON ESA RELACIÓN, TRATÁNDOSE DE TRABAJADORES QUE ALCANZARON UNA ANTIGÜEDAD DE MÁS DE 20 AÑOS AL SERVICIO DEL PATRÓN.
RESTITUCIÓN INTERNACIONAL. EN EL PROCEDIMIENTO SE DEBE EVALUAR LA OPINIÓN DEL MENOR SUSTRAÍDO O RETENIDO.
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. PARA EVITAR QUE SUS TUTORES EJERZAN UNA INFLUENCIA INDEBIDA AL PRESTAR ASISTENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES, ES NECESARIO QUE LAS SALVAGUARDIAS INCLUYAN TAMBIÉN LA PROTECCIÓN CONTRA AQUÉLLOS.
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. EL MODELO SOCIAL DE ASISTENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES ENTRAÑA EL PLENO RESPETO A SUS DERECHOS, VOLUNTAD Y PREFERENCIAS.
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE MEJOR INTERPRETACIÓN POSIBLE DE SU VOLUNTAD Y SUS PREFERENCIAS (INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 1 Y 12 DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD).
INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. SU VALORACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DE SENTENCIA EXTRANJERA.
EFICACIA PARCIAL DE LA SENTENCIA EXTRANJERA. PARA QUE EL JUEZ LA ADMITA NO ES EXIGIBLE QUE SE HAYA PEDIDO LA HOMOLOGACIÓN DE UNA PARTE DE ESE FALLO.
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. NIVELES DE SU PROTECCIÓN.
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. DEBER DE PROTEGER DE MANERA INMEDIATA SU NÚCLEO ESENCIAL.
DERECHO DE ACCESO A BIENES Y SERVICIOS CULTURALES. ES UNA VERTIENTE DEL DERECHO A LA CULTURA.