Jurisprudencias y tesis aisladas publicadas el viernes 28 de septiembre.
El día de hoy nos complace compartir con ustedes los rubros de jurisprudencias y tesis aisladas publicados en el Semanario Judicial de la Federación el viernes 28 de septiembre de 2018.
USURA. NO SE CONFIGURA CUANDO EL PACTO DE LA PENA CONVENCIONAL QUE SE ESTIMA EXCESIVA DERIVA DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN V, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
SISTEMA IMSS DESDE SU EMPRESA (IDSE). SÍ EMITE UN ACUSE DE RECIBO.
SEGURO SOCIAL. LA CUOTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 25, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY RELATIVA, ES GENERAL Y DEBE APLICARSE A TODOS LOS SUJETOS DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE TRATE O NO DE TRABAJADORES REGULADOS POR UN CONTRATO COLECTIVO.
SALARIOS CAÍDOS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE SONORA. SU PAGO PROCEDE DESDE LA FECHA DEL DESPIDO HASTA LA CUMPLIMENTACIÓN TOTAL DEL LAUDO, SI EL JUICIO INICIÓ ANTES DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2014.
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DE CONTRATOS DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU CUMPLIMIENTO. SON IMPUGNABLES MEDIANTE EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.
PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO MERCANTIL. EL ARTÍCULO 1390 BIS 46 DEL CÓDIGO DE COMERCIO NO VULNERA EL PRINCIPIO DE CERTEZA JURÍDICA.
PREDIAL. LA DISMINUCIÓN DEL FACTOR DE REDUCCIÓN QUE SE APLICA AL VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN PARA DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO RELATIVO, PREVISTA EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2017, NO PUEDE EXAMINARSE AISLADAMENTE PARA DETERMINAR SI TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
PREDIAL. LA DEMOSTRACIÓN DE SER CONTRIBUYENTE DE ESTE IMPUESTO POR UN INMUEBLE DE USO NO HABITACIONAL, NO DA LUGAR, POR SÍ SOLA, A RECLAMAR EL ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2017, POR TRANSGRESIÓN AL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
PREDIAL. EL ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2017, AL EXCLUIR A LAS EDIFICACIONES DESCUBIERTAS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL FACTOR DE REDUCCIÓN QUE SE APLICA AL VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN PARA DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO RELATIVO, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA RESPECTO DE CONTRIBUYENTES QUE TRIBUTAN POR INMUEBLES DE USO HABITACIONAL.
PREDIAL. EL ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2017, AL DISMINUIR EL FACTOR DE REDUCCIÓN QUE SE APLICA AL VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN PARA DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO RELATIVO, NO CONTRAVIENE LA PROHIBICIÓN DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.
NOTARIOS PÚBLICOS. NO TIENEN EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE AL REDACTAR Y APROBAR ESCRITURAS.
LAVADO O BLANQUEO DE CAPITALES. SU CONCEPTO.
LAVADO O BLANQUEO DE CAPITALES. ALCANCES DE LAS MEDIDAS QUE SE ADOPTEN AL RESPECTO (RECOMENDACIÓN 4 DEL GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL –GAFI–).
LAVADO O BLANQUEO DE CAPITALES. LAS MEDIDAS CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 115, PÁRRAFO NOVENO, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y EN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE ESE PRECEPTO, PARA PREVENIR Y DETECTAR ACTOS, OMISIONES U OPERACIONES QUE PUDIERAN CONSTITUIR DICHA ACTIVIDAD, LES SON APLICABLES A LAS PERSONAS MORALES QUE NO SE ENCUENTRAN EN LA LISTA DE PERSONAS BLOQUEADAS, SI LO ESTÁN LAS PERSONAS FÍSICAS QUE ACTÚAN COMO FIRMANTES Y AUTORIZADOS EN LAS CUENTAS BANCARIAS DE AQUÉLLAS.
LAVADO O BLANQUEO DE CAPITALES. ETAPAS EN QUE SE DESARROLLA.
ENDOSO. EL ARTÍCULO 29 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO FACULTA AL ENDOSANTE A REALIZARLO EN EL TÍTULO DE CRÉDITO O EN LA HOJA ADHERIDA A ÉSTE.
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI SE FORMULA SIN PRECISAR EL PERIODO EN EL QUE EL TRABAJADOR DEBERÁ INGERIR ALIMENTOS O DESCANSAR DENTRO DE SU JORNADA LABORAL, SI EN SU DEMANDA SEÑALÓ QUE TENÍA UN HORARIO ASIGNADO PARA ELLO.
OFRECIMIENTO DE TRABAJO DE MALA FE. LO ES AQUEL QUE LIMITA LA DECISIÓN DEL TRABAJADOR DE SALIR O PERMANECER DENTRO DE LA FUENTE DE TRABAJO, CUANDO SU JORNADA ES CONTINUA Y TIENE DERECHO A UN DESCANSO.
De requerir el contenido completo de alguno de los rubros anteriores, no dude en solicitarlo, o, bien, de consultarlo en el siguiente enlace:
https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSem/Paginas/SemanarioV5.aspx