Justicia Alternativa para la CDMX.
¿Sabías qué existe un medio de justicia alternativa independiente al judicial para solucionar tus conflictos?
“La mediación tiene como objetivo fomentar una convivencia social armónica, a través del diálogo y la tolerancia, mediante procedimientos basados en la prontitud, la economía y la satisfacción de las partes y tiene como objeto evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso y poner fin a los ya iniciados.”
En 2008 fue expedida LA LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA LA HOY CIUDAD DE MÉXICO, en la cual se establecieron los lineamientos para regular la mediación como un método alternativo para la solución de conflictos entre particulares en las siguientes materias:
i) civil; ii) familiar; iii) mercantil; iv) penal (solo en los supuestos señalados por l ley); y v) en materia de justicia para adolescentes (siempre que dichas conductas no sean consideradas como delitos graves).
La mediación es independiente de los procedimientos judiciales y puede iniciarse aun y cuando ya se haya iniciado un juicio en el supuesto de que ambas partes estén de acuerdo.
¿Cuáles son las ventajas de la mediación?
La mediación tiene bastantes ventajas al ser una forma de solucionar conflictos de manera más rápida, gratuita, es voluntario, dinámico y flexible, imparcial, es confidencial, ya que lo que se diga durante la conciliación no podrá ser usado en un juicio, y los mediadores no podrán ser llamados como testigos, y tiene la ventaja de que puede iniciar un procedimiento de mediación antes o una vez que ya se ha iniciado el juicio.
¿Cuánto dura el procedimiento de mediación?
No existe una duración ya que será la que resulte necesaria para lograr llegar a un acuerdo, todo en atención a la complejidad de la controversia.
Puede concluir ya sea por llegar a un convenio, por decisión de las partes, o por decisión del mediador cuando se advierta indudablemente que no hay voluntad de las partes para llegar a un acuerdo, de igual manera para el caso de inasistencia de las partes este será concluido.
¿Qué pasa si las partes llegan a un acuerdo?
Los acuerdos a los que lleguen las partes podrán adoptar la forma de convenio por escrito correspondiendo a ambas partes su cumplimiento, solucionando así el conflicto que originó el procedimiento.
¿Qué sucede si alguna de las partes incumple?
El convenio celebrado entre las partes ante la fe pública del Director General, Director o Subdirector de Mediación, Secretarios Actuarios y mediadores privados certificados por el Tribunal (siempre y cuando los convenios sean registrados ante el Centro de Mediación) tendrá fuerza de cosa juzgada, y se podrá exigir su cumplimiento en vía de apremio ante los juzgados.
En el supuesto de incumplimiento del convenio en materia penal, quedarán a salvo los derechos del afectado para que los haga valer en la vía y forma correspondientes.
¿Cómo puedo acceder a este procedimiento?
El procedimiento se llevará a cabo ante el Centro de Justicia Alternativa, sin embargo y ante la suspensión de labores por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el Centro de Justicia Alternativa habilitó un portal en internet para llevar a cabo la mediación en línea.
En Bandala | Díaz | García contamos con una amplia experiencia en materia legal, y te podemos brindar la asesoría que necesitas para tu empresa e iniciar tu procedimiento de mediación ante el Centro de Justicia Alternativa o ante alguno de los mediadores autorizados por el tribunal que se encuentran ubicados en diversas alcaldías.
Muchas gracias por la información. Gran aporte de esta web. Un cordial saludo!