La jurisprudencia y su importancia.
En el sistema jurídico mexicano la jurisprudencia constituye una fuente formal del Derecho, pues se traduce en un proceso de creación del mismo a través de las decisiones de los tribunales que interpretan y explican las normas.
Estas pueden constituir antecedentes para crear en un momento determinado normas jurídicas que respondan a las exigencias sociales, ya que derivan de resoluciones emitidas por los tribunales que por sus fundamentos resultan trascendentales.
Es preciso señalar que no todas las resoluciones de los tribunales sientan jurisprudencia. Algunos doctrinarios del derecho equiparan la jurisprudencia a la ley, pues aquella posee atributos como la generalidad, abstracción y obligatoriedad para las autoridades.
La función de la jurisprudencia en nuestro sistema jurídico es muy importante, ya que dentro de sus principales funciones se encuentra el dilucidar el sentido de la expresión jurídica, es decir, interpreta la norma. Así mismo, completa el sistema jurídico en caso de existir lagunas en la ley o ante la inexistencia de la misma, y vela por el progreso del derecho y por su adaptación a las exigencias de la sociedad.
Así las cosas y en el caso que mencionaremos, podemos darnos cuenta de la relevancia y el peso de la jurisprudencia.
Particularmente abordaremos la jurisprudencia en relación a la verificación vehicular. Como es bien sabido, hasta hace poco, para la obtención de la calcomanía “0”, uno de los requisitos que debían cumplirse era que el modelo del automóvil fuera 2010 o posterior, marginando a los modelos viejos por llamarles de alguna manera.
Lo anterior ha sido revertido a través de la jurisprudencia, tal como podemos observar a continuación:
“VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA EN EL DISTRITO FEDERAL. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO CONTRA EL NUMERAL 7.4.1. DE LOS PROGRAMAS RELATIVOS PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2014 Y PRIMERO DEL 2015, PARA QUE SE PERMITA AL VEHÍCULO DEL QUEJOSO ACCEDER AL HOLOGRAMA «0», SIEMPRE QUE ACREDITE QUE AQUÉL CUMPLE CON LOS NIVELES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES PARA OBTENERLO.
Los programas mencionados persiguen una finalidad legítima, al buscar prevenir, controlar y reducir las emisiones de contaminantes provenientes de fuentes móviles que circulan en la ciudad, así como asegurar una calidad del aire satisfactoria para la salud y el bienestar de la población; sin embargo, esas razones son insuficientes para determinar que el modelo del automóvil sea un elemento que demuestre en términos absolutos y justifique preliminarmente la restricción de circular todos los días. Por lo anterior, procede conceder la suspensión en el amparo contra los dispositivos señalados, para que se permita al vehículo del quejoso acceder a la constancia de verificación vehicular u holograma «0», siempre que acredite con el certificado de verificación correspondiente, que aquél cumple con los niveles de emisión de contaminantes para obtenerlo; esto es, que se encuentre por debajo de los autorizados, salvaguardándose el objeto de la norma, sin que con ello se contravengan disposiciones de orden público e interés social, dado que en nada afecta si se permite la circulación de un vehículo sin restricción, si cumple con la normativa aludida.”
Es evidente que la autoridad ha decido que condicionar o determinar que un vehículo, solo en razón al año del modelo (2010 o posterior), pueda obtener la calcomanía “0”, es inequitativo. Razón por la cual, a través del criterio referido, se ha determinado que dicha calcomanía puede ser obtenida por cualquier tipo de auto, independientemente del año, siempre y cuando cumpla con los niveles de emisión de contaminantes para obtener el mismo.
Así pues, queda demostrada la importancia y el impacto que los criterios jurisprudenciales tienen en la sociedad mexicana.