La nueva disposición en etiquetado de productos puede poner en riesgo el registro de tu marca
La nueva disposición en etiquetado de productos puede poner en riesgo el registro de tu marca. En medio de la Contingencia Sanitaria causada por la Pandemia de Covid-19, la latente entrada en vigor de la reforma al artículo 4.1.5. de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, sobre ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS PREENVASADOS, INFORMACIÓN COMERCIAL Y SANITARIA, además de ser producto de un esfuerzo por las instituciones de salud en el combate contra la obesidad y en la conquista de un etiquetado visible, claro y eficaz en beneficio de los consumidores, es ya una alerta roja para muchas marcas conformadas por personajes, dibujos e imágenes de celebridades debido a que ahora tienen prohibido ser utilizadas en los empaques de sus productos.
La prohibición del nuevo etiquetado ha ocasionado a las empresas, grandes gastos en el rediseño de sus empaques y un gran temor de perder el activo que por años fuera su mayor emblema y vinculo con el público, así como el factor diferenciador preponderante de su identidad corporativa, perdiendo de esta manera singularidad y originalidad.
Si el titular de una marca no puede utilizarla como fue protegida, podría ocasionar que pierda reconocimiento y generar confusión. Sin embargo, si eso continúa por un periodo de tiempo más largo, podría tener consecuencias jurídicas trascendentales, ya que la Ley de Propiedad Industrial (LPI) estipula como obligación para los titulares de marcas, usarlas tal como fueron registradas y sin modificaciones que alteren su carácter distintivo.
Debido a que la Norma Oficial Mexicana NOM 051 orilla a muchas empresas a no utilizar sus marcas de forma habitual en sus productos, debido a que contienen personajes, dibujos, imágenes de celebridades o deportistas, se verán vulneradas, al no poder acatar lo que ordena la LPI y corren el riesgo de no estar en posibilidades de poder declarar el uso real y efectivo de sus marcas en el tiempo y forma indicados por este ordenamiento.
En el caso de que los titulares de las marcas no cumplan con el uso real y efectivo ni con su comprobación, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, puede declarar caducado el registro de la marca, es decir, perderían el derecho exclusivo de usar y oponerse a que otros usen sus marcas, abriendo la posibilidad de que un tercero intente apropiarse de ellas.
Por si fuera poco, al tener que modificar el etiquetado de los empaques de sus productos, las empresas, corren el mismo riesgo que con las marcas al no utilizarlos como fueron registrados.
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