La Propiedad Intelectual y el Comercio Electrónico.
En la actualidad es inevitable ser parte de las actividades comerciales de bienes, servicios, productos e información a través de plataformas y mediante redes de comunicación, impulsando el aseso rápido y eficaz a cualquier mercado en el mundo, siendo de esta forma el comercio electrónico, una herramienta primordial para los generadores, titulares, licenciatarios y cesionarios de Propiedad Intelectual para la promoción y comercialización de sus creaciones, productos y servicios.
Por desgracia esta herramienta mal empleada puede generar problemáticas mayúsculas para los consumidores y los proveedores de derechos de Propiedad Intelectual, sino se hace un uso responsable de la información y contenido, ejemplo de ello son el uso no autorizado de obras literarias y musicales, la usurpación de marcas y nombres de dominio, la comercialización de productos apócrifos, la divulgación de secretos comerciales, la reventa de artículos originales muy por debajo de su precio, robo de bases de datos, puesta a disposición de software malicioso para vulnerar otros programas de cómputo, entre otras actividades ilícitas.
Algunas de las consecuencias de participar en este tipo de malas prácticas de comercio electrónico, ya sea de manera voluntaria o por ser victima de un engaño pueden ser muy graves, dependiendo de la autoridad que se encargue del caso, siendo el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el que conozca de las Infracciones en Materia de Comercio y de Derechos de Autor mientras que la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial de la Procuraduría General de la Republica será quien se encargue de investigar y sancionar las conductas delictivas.
Estas autoridades en materia de Propiedad Intelectual pueden sancionar a los infractores con multas de hasta veinte mil Unidades de Medida y Actualización, clausuras temporales o permanentes, arresto administrativo, mientras que a los responsables de conductas delictivas se les podrá imponer de dos a seis años de prisión y multa de cien a diez mil Unidades de Medida y Actualización.
Si eres consumidor o proveedor de bienes de Propiedad Intelectual en el Comercio Electrónico acércate a nosotros para que evites estas severas contingencias gracias a nuestra asesoría personalizada o si ya estas en alguno de estos casos permítenos brindarte la solución que mas se adecue a tus necesidades.