Los INCOTERMS
Los INCOTERMS son un conjunto de reglas internacionales regidas por la Cámara de Comercio Internacional, que sirven para la interpretación de los términos utilizados en el comercio internacional, mismos que tienen como fin primordial ofrecer seguridad jurídica a los contratantes en compraventas internacionales.
Las condiciones para su utilización son los siguientes:
- Venta de mercancías tangibles.
- El establecimiento de los contratantes debe situarse en países distintos.
- La mercancía debe entregarse en un país distinto del que se encuentra.
- Transferencia del bien y riesgo.
Dichos términos internacionales de comercio poseen como ventaja el simplificar las estipulaciones en un contrato de compraventa internacional de mercancías, determinando el alcance del precio, la forma y lugar de entrega de la mercancía, transmisión de riesgos de la parte vendedora a la compradora, quien contrata y paga el transporte, quien contrata y paga el seguro, que documentos tramita cada parte y su costo, y obligación de realizar el despacho aduanero.
Existen cuatro tipos de INCOTERMS acordes a los que tramita el vendedor y el comprador:
E: Término por el cual el vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en el local del vendedor.
F: El vendedor se encarga de entregar la mercancía a un medio de transporte escogido por el comprador.
C: El vendedor contrata el transporte sin asumir riesgos de pérdida o daño de la mercancía o costos adicionales después de la carga y despacho.
D: El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino.
En conclusión, los INCOTERMS simplifican términos contractuales del comercio, homologan conceptos y definen la responsabilidad de cada una de las partes, sin embargo, no ofrecen una solución final a las controversias derivadas de las diferentes legislaciones, pero ofrecen eliminar lagunas legales que complican los procesos comerciales.