Nuevo formato de solicitud de registro de marca.
Esta Firma sabe la importancia que representa el registrar un signo distintivo (marcas, avisos o nombres comerciales), para distinguir e individualizar un producto o servicio en el mercado con respecto a otros de su misma clase o especie. Un registro de marca o marca registrada, constituye un bien intangible que puede llegar a ser, incluso, más valioso que un negocio, ya que a través de la misma, el público consumidor identifica la calidad, imagen y prestigio de los productos o servicios que se ofrecen en el mercado. Por esa razón les presentamos la siguiente información:
¿Qué se puede registrar?
Se puede obtener un Título de Registro de Marca sobre los siguientes signos distintivos:
- Marcas: Todo signo visible que se utiliza para distinguir e individualizar productos o servicios, de otros de su misma especie, la cual puede ser:
- Nominativa: Aquella que identifica un producto o servicio a partir de su simple denominación, formada por letras, palabras o números.
- Innominada: Aquella que identifica un producto o servicio mediante una figura, diseño o logotipo carente de letras, palabras o números.
- Tridimensional: Aquella envoltura, empaque o envase en sus tres dimensiones (alto ancho y fondo), carente de palabras o dibujos.
- Mixta: Aquella conformada por la combinación de cualquiera de las anteriores (nominativa, innominada y tridimensional).
- Avisos Comerciales: Aquella frase u oración que tenga por objeto anunciar al púbico establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, para distinguirlos de los de su especie.
- Nombres Comerciales: Aquel nombre de una empresa o establecimiento industrial, comercial o de servicios.
¿Cómo se registra?
Con el objeto de obtener un Título de Registro Marcario, el cual, como ya mencionamos, otorga a su propietario el derecho a usar el signo distintivo de manera exclusiva en toda la República Mexicana e incluso en el extranjero, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial cuenta con un formato oficial de registro (IMPI-00-001), el cual, por Acuerdo por el que se modifican las Reglas de presentación de solicitudes ante el IMPI, publicado en fecha 28 de julio de 2015, en el Diario Oficial de la Federación, ha sido modificado, no solo en cuanto a fu forma, sino en cuanto a su contenido, pues actualmente el nuevo formato sí diferencia los diversos tipos de marcas mixtas que pueden registrarse:
- Denominación y diseño
- Diseño y forma tridimensional
- Denominación y forma tridimensional
- Denominación, diseño y forma tridimensional
Por lo anterior resulta indispensable tener muy claro cuáles son los tipos de marcas sujetas a registro, así como sus características, ya que por un error en las mismas, puede complicarse el procedimiento de registro e incluso, negarse.
Otra cuestión muy importante que debemos tomar en cuenta, es que hasta el 31 de agosto de 2015, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, recibirá de manera indistinta tanto el nuevo como el anterior formato de solicitud de registro, pero a partir del 2 de septiembre de 2015, única y exclusivamente se recibirá el nuevo formato de solicitud de registro de marca, junto con la Hoja adicional complementaria de “Datos Generales de los Solicitantes”, solo en caso de que la solicitud sea presentada por dos o más personas físicas o morales.
A continuación el nuevo formato.
Por tanto, si tiene la intención de proteger su signo distintivo (marca, aviso comercial o nombre comercial), con la finalidad de obtener el derecho a usarlo de manera exclusiva en toda la República Mexicana, contáctenos.