Placa de acero en hoja. Cuota compensatoria.
La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación, la resolución FINAL del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de placa de acero en hoja originarias de la República Popular China.
Cabe destacar que la resolución en comento tiene como antecedente la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de placa de acero en hoja originarias de la República Popular China que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2014 y en la que se determinó imponer una cuota compensatoria definitiva de 33.98%.
Mediante la publicación del aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias de fecha 11 de septiembre de 2018, se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas se eliminarían a partir de la fecha de su vencimiento
En esta etapa, la Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. (AHMSA), manifestó su interés en que la Secretaría de Economía iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria en comento, razón por la cual el 27 de septiembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución de inicio del examen de vigencia de dichas cuotas.
Desahogado y concluido el procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de placa de acero en hoja que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03, 7208.52.01, 7225.40.01 y 7225.40.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), la Secretaria de Economía determinó ELIMINAR la cuota compensatoria impuesta a las importaciones correspondientes.
AVISO DE LEGALIDAD
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