Sin prórroga en la presentación de la declaración anual de P.F.
Sin prórroga en la presentación de la declaración anual de P.F. El 1 de abril del presente año se inició la etapa para presentar la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2019, con fecha límite al 30 de abril del 2020, pasar por alto y no presentar la declaración anual implica una multa al contribuyente, así como diversas penalizaciones.
El pasado 17 de marzo, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), solicito una prórroga al SAT para la declaración anual de las personas morales y físicas, esto con el argumento de los problemas que presentaba la página SAT, además de la saturación para generar citas de e. Firma. El 31 de marzo del presente año fue el último día para presentar la declaración anual de personas morales sin que se haya otorgado prorroga alguna por parte de la autoridad.
En cuanto a personas físicas se ha emitido un comunicado por parte de la autoridad siendo clara y expresando que no hay prorroga por lo que pide presentar la declaración anual de personas físicas en tiempo atreves de su portal, pese a la crisis que se ha generado por el COVID-19.
En dicho comunicado el SAT llamó a la solidaridad de las y los contribuyentes para enfrentar esta emergencia sanitaria, argumentando que con una recaudación optima lograran contar con mayores recursos para comprar equipo médico, insumos y medicamentos.
Esto ha llevado a que se sature el portal del SAT, no haya disponibilidad de citas para los diversos trámites que proporciona el SAT, así como por momentos la caída prolongada del portal.
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