Cuando nos colocamos en el supuesto de ser un deudor de una obligación, existe la posibilidad de transmitir nuestra deuda a alguien más, o bien, ceder nuestro derecho de cobro.
La cesión de derechos implica que su titular (cedente), trasmite su relación obligacional al cesionario, debemos mencionar que la cesión de créditos comprende la de todos los derechos accesorios, salvo aquellos que son inseparables de la persona cedente, ya sea por su naturaleza, por disposición de la Ley o porque así lo hubieren convenido las partes.
La cesión de deuda consiste en una transferencia de la obligación cambiando al deudor, sin alterar la relación jurídica establecida desde un principio. Es una manera de transmisión de las obligaciones más no de extinción.
En otras palabras, el efecto de la cesión de deuda es que permite el cambio de deudor, sin que la obligación se extinga o deje de ser la misma, y permanece el mismo derecho personal con el mismo objeto y mismo acreedor.
Asimismo debe aclararse que para que una transmisión de obligaciones y/o derechos se formalice, debe asentarse en escrito privado suscrito por el cedente y el cesionario ante dos testigos, como excepción debe constar en escritura pública, si el acto que dio nacimiento a la obligación requiere legalmente de esta formalidad.
Lo anterior encuentra sustento en nuestro Código Civil Federal en su título tercero, capitulo I.
En relación a los efectos debemos determinar la causa que dio origen a la obligación que es causa de la cesión, pues si bien la cesión se hace a cambio de un precio, esta produce, en principio, los efectos de la compraventa, siendo vendedor el cedente y comprador el cesionario; y si la cesión es a título gratuito producirá los efectos de una donación, sin embargo, la cesión tiene ciertas normas que pueden modificar los efectos dichos.
En Bandala y Asociados contamos con la experiencia y conocimiento especializado para asesorarte sobre cómo realizar un correcto contrato de cesión de derechos que cumpla con las formalidades que exigen las leyes de la materia, acércate a nosotros estamos para brindarte asesoría sobre este y otros temas.
Ariadne Gabriela Gómez Peña.