JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. LAS DOCUMENTALES EXHIBIDAS POR LA AUTORIDAD DEMANDADA AL CONTESTAR LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA PARA DEMOSTRAR ASPECTOS QUE EL ACTOR DESCONOCÍA HASTA ESE ENTONCES, DEBEN IMPUGNARSE A TRAVÉS DE UNA NUEVA AMPLIACIÓN.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL QUEJOSO CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR LOS ARTÍCULOS 42, FRACCIÓN II, DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, ASÍ COMO 25 Y 27 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL A QUE ÉSTA SE REFIERE, SI SU DEMANDA DE AMPARO LA PRESENTÓ DURANTE LA VACATIO LEGIS DE ESA NORMATIVA.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL ESTABLECER QUE CORRESPONDEN AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DIVERSAS FACULTADES DE CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS PERSONAS QUE REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES, NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES DEBEN DARSE DE ALTA EN EL PADRÓN CORRESPONDIENTE Y ENVIAR LA INFORMACIÓN DE IDENTIFICACIÓN RELACIONADA CON ÉSTAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ALTA EN EL PADRÓN DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL RELATIVA Y SU REGLAMENTO, ES SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EN AMPARO LA IMPLEMENTACIÓN DE ESE REGISTRO Y LOS PRECEPTOS QUE LO PREVÉN.
VISITA DOMICILIARIA. PARA DETERMINAR SI LOS VISITADORES PRIMERO SE IDENTIFICARON Y DESPUÉS ENTREGARON EL OFICIO QUE CONTIENE LA ORDEN RELATIVA, DEBE ATENDERSE A LA FORMA EN QUE SE PORMENORIZÓ LA IDENTIFICACIÓN EN EL ACTA PARCIAL DE INICIO.
SUSPENSIÓN DEFINITIVA. PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE ESTABLECER EL AÑO MODELO DEL VEHÍCULO COMO FACTOR PARA DETERMINAR LAS LIMITACIONES A LA CIRCULACIÓN A QUE ESTARÁ SUJETO, QUE IMPONE EL PROGRAMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.
ACCESO A LA JUSTICIA. LA OBLIGACIÓN DE REPARAR A LA PARTE QUEJOSA CUANDO SE HA CONCLUIDO QUE EXISTE UNA VIOLACIÓN A SUS DERECHOS HUMANOS, CONSTITUYE UNA DE LAS FASES IMPRESCINDIBLES DE AQUÉL.