Tesis y ejecutorias publicadas al 19 de junio de 2015
Tesis Jurisprudenciales más relevantes publicadas en el Semanario Judicial de la Federación al viernes 19 de junio de 2015. Tesis y Ejecutorias.
REGISTRO DE UNA MARCA. LA INSCRIPCIÓN DE SU EMBARGO EFECTUADO EN UN JUICIO MERCANTIL, NO ESTÁ SUJETA A CADUCIDAD.
RECURSO DE REVISIÓN. DEBE TENERSE POR DEBIDAMENTE INTERPUESTO AUN CUANDO LAS COPIAS PARA DISTRIBUIR ENTRE LAS PARTES (O DE TRASLADO) SE PRESENTEN SIN LA ÚLTIMA HOJA EN LA QUE SÓLO SE PLASMAN EL NOMBRE Y LA FIRMA DEL PROMOVENTE, SI EL ESCRITO ORIGINAL ESTÁ FIRMADO POR EL RECURRENTE.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL ESTABLECER QUE CORRESPONDEN AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DIVERSAS FACULTADES DE CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS PERSONAS QUE REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES, NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES DEBEN DARSE DE ALTA EN EL PADRÓN CORRESPONDIENTE Y ENVIAR LA INFORMACIÓN DE IDENTIFICACIÓN RELACIONADA CON ÉSTAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.
PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ALTA EN EL PADRÓN DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL RELATIVA Y SU REGLAMENTO, ES SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR EN AMPARO LA IMPLEMENTACIÓN DE ESE REGISTRO Y LOS PRECEPTOS QUE LO PREVÉN.
NULIDAD DE UN REGISTRO MARCARIO PREVISTA EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 151 DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. PARA QUE PROCEDA CUANDO INVOLUCRE LA FECHA DEL PRIMER USO DE LA MARCA, ES INNECESARIO QUE EL SOLICITANTE DEMUESTRE HABER RESENTIDO ALGÚN PERJUICIO.
NULIDAD DE UN REGISTRO MARCARIO. LA EXPRESIÓN «CON BASE EN DATOS FALSOS» PREVISTA EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 151 DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PARA SU PROCEDENCIA, SE REFIERE A AQUELLOS QUE NO CORRESPONDEN A LA REALIDAD.
NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS. EL ARTÍCULO 233 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO, AL PERMITIR QUE SE EFECTÚEN ASÍ LAS QUE DEBAN SER PERSONALES CUANDO LOS PARTICULARES, PREVIO REQUERIMIENTO, NO SEÑALEN DOMICILIO DENTRO DEL MUNICIPIO DONDE RESIDE LA SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LOCAL ANTE LA QUE PROMUEVAN SU PRIMER ESCRITO, NO VIOLA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA SIN DISCRIMINACIÓN ALGUNA.
MÍNIMO VITAL. ESE DERECHO ES INAPLICABLE EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, TRATÁNDOSE DE PERSONAS JURÍDICAS.
VALOR AGREGADO. LOS ARTÍCULOS 1o., FRACCIÓN I Y 10 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
RECURSO DE RECLAMACIÓN. SU INTERPOSICIÓN NO ES EXTEMPORÁNEA SI SE REALIZA ANTES DE QUE INICIE EL PLAZO PARA HACERLO.