Tipos de Asambleas
Para Víctor M. Castrillón y Luna, “La Asamblea constituye el órgano de decisión de la sociedad, cuyos acuerdos deben ser cumplidos y ejecutados por la administración y define, a través del voto el rumbo de la sociedad, debiendo enmarcar su actividad en los estatutos o la propia ley”. Esto significa que la Asamblea fija el rumbo que tomará la empresa, ya que es un órgano supremo y lo distinto a ella sólo se va a constreñir a dar cumplimiento con la decisión tomada por parte de los socios o accionistas. Evidentemente, las resoluciones tomadas son hechas por el ejercicio del voto, cuyo valor depende de la cuantía económica aportada. Por lo tanto, es necesario establecer claramente el marco de actuación de la Asamblea en los estatutos, porque ahí se determinará y delimitará el actuar de los accionistas cuando sean convocados para una toma de decisiones.
Manuel García Rendón afirma que la Asamblea “es el conjunto de accionistas legalmente convocados y transitoriamente reunidos para formar y expresar la llamada voluntad colectiva de la sociedad en la resolución de los asuntos que les tienen encomendados la ley o el contrato social”.
Por su parte, José R. García López y Alejandro Rosillo Martínez, aseguran que la Asamblea “es el órgano supremo de la sociedad, de carácter transitorio, que se constituye con la reunión de los accionistas, convocados previamente según lo dispuesto en la ley, y que pretende formar y expresar la voluntad colectiva en la resolución de asuntos que legal o estatutariamente le están encomendados”. Pero el tipo de asamblea y la forma en que ésta se lleve a cabo en gran medida repercutirá en el éxito o fracaso de tu empresa.
Por ello te invitamos a ver nuestra cápsula informativa del día de hoy.
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