Si tienes una marca registrada, utilízala.
Hemos hecho referencia a lo importante que resulta para el público en general el hecho de registrar su marca. Ahora bien, resulta igual de importante qué una vez que se tiene una marca registrada, la marca sea utilizada y que se pueda acreditar ese uso. La diferencia entre estas circunstancias es que con el registro, además de brindar un derecho constituido, le otorga exclusividad a su titular, esto es, la posibilidad de excluir a terceros de su uso no autorizado; mientras que el uso va generando derechos de antigüedad, que pueden hacerse valer al solicitar la nulidad de una marca que se registró a favor de otra persona que no tiene un mejor derecho por uso anterior.
El uso (previo) también es útil y oponible en una defensa si se es víctima de un procedimiento de infracción de parte de un tercero que la registró sin ser éste el que empezó a usar la misma marca para el mismo ramo mercantil, siendo dicho uso una excepción legal expresa a los efectos que produce un registro marcario.
Por ello, es importante que los signos distintivos, creados tanto por personas físicas como morales, sean usados por sus titulares, adquiriendo como resultado; generar antigüedad al signo distintivo.
Sin embargo, derivado a que día con día surge más competencia comercial, es preferible asegurarse de que la marca que comenzará a ser usada, este disponible en la clase de producto o servicio que se pretende aplicar, con el principal fin de que no se violen derechos marcarios ajenos, y eventualmente para asegurar su exclusividad. Una vez adquirida esa titularidad, el uso debe ser tal cual se solicitó la marca, a fin de evitar su caducidad.
Las marcas se hicieron para proteger productos o servicios, si ya se tiene una marca registrada, hay que usarla, eso le brinda al titular, muchos beneficios.